Skip to main content
  • Ultimas Noticias

Medidas de prevención frente al COVID-19 despacho profesional PASCUA ABOGADOS

27/08/2020

www.pascuaabogados.es

Todos los despachos profesionales estamos  obligados a cumplir con las normas sanitarias, adoptando diferentes medidas para minimizar el riesgo de contagio y garantizar la seguridad y salud de clientes, socios, colaboradores, proveedores y trabajadores.

Con carácter general, la probabilidad de exposición al coronavirus en un despacho de abogados es baja. Sin embargo, resulta fundamental seguir las recomendaciones generales establecidas por las autoridades sanitarias. Se deben implementar medidas de protección colectiva y facilitar a los abogados y trabajadores equipos de protección individual (EPIs).

En nuestro despacho se procederá a la desinfección periódica de instalaciones y equipos con diluciones de lejía (1:50) recién preparada o desinfectantes con actividad virucida.

Se extremará la limpieza y desinfección en las zonas y superficies de contacto frecuente (manillas y pomos de puertas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, grifos, botones, teclados, ratones, etc.).

Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos con agua y jabón durante 60 segundos.

Se dispondrá permanentemente, en lugares visibles y de fácil localización, de geles de base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos.

Se intensificarán las medidas de aireación y ventilación. Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones durante el tiempo necesario (por espacio mínimo de 10 minutos).

La disposición de los puestos de trabajo y el resto de condiciones de trabajo existentes garantizarán la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre personas.

Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros, los trabajadores deberán de utilizar los equipos de protección individual (EPIs).

En cuanto a la atención al público se refiere se priorizará la atención por vía telefónica, correo electrónico o videoconferencia.

En caso de atención presencial, la distancia entre trabajador o abogado y cliente será de al menos 1 metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, y de 2 metros sin estos elementos.

En la medida de lo posible, se evitará el pago en efectivo. Se recomienda el uso de otros medios de pago alternativos.

Facilitamos a nuestros trabajadores equipos de protección individual (EPIs):

  • Pantallas faciales de protección.
  • Mascarillas FFP2 – KN95.
  • Mascarillas quirúrgicas.
  • Guantes de nitrilo.
  • Geles hidroalcohólicos.

El uso de mascarillas deberá considerarse como una medida complementaria y no como reemplazo de otras medidas preventivas. Las mascarillas y/o guantes de protección deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios de protección colectiva.

La correcta colocación de las mascarillas y guantes es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico. Las mascarillas y los guantes deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición.


Comparte esto: