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Noticias/Blog
08/11/2024

01/11/2024

Los medios de comunicación se hacen eco de la noticia. Pincha aquí si quieres visualizar la noticia.

El despacho del profesional SANTIAGO PASCUA con dirección profesional en la calle el Carmen, nº 7, de la localidad de León, consigue para los clientes la estimación integra de la demanda presentada por el cartel de vehículos.

Aquí puedes ver una de las Sentencias, pincha aquí

Las sentencias condenan al grupo Stellantis España S.L, que engloba a las marcas, Peugeot, Citroen, Opel, Fiat, Alfa Romeo, Jeep, y Chrysler, al pago de una indemnización a los dos clientes de 1.300 y 1200 euros respectivamente, una vez incluidos los intereses legales desde la adquisición de los vehículos.

El Juzgado de lo Mercantil Nº8 de León, ha estimado de forma íntegra el pasado 22 de octubre de 2024, las demandas interpuestas por Pascua Abogados frente al grupo Stellantis España S.L, en concreto como responsable de la participación en el llamado Cártel de Coches de la marca Peugeot entre los años 2006 y 2013.

 El Juzgado ha considerado probada la participación de Peugeot en los intercambios de información sensible entre las marcas responsables del Cártel de Coches, tales como; Alfa Romeo, BMW, Chrysler, Chevrolet, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Jeep, Lancia, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Renault, Toyota, y Volvo, con objeto de incrementar el precio de los vehículos.

Las sentencias consideran probado que la conducta de las anteriores marcas distribuidoras de vehículos, acusadas por el Cártel de Coches, generó sobrecostes que perjudicaron a los consumidores de los vehículos, que se vieron obligados a pagar un precio superior al que habrían abonado de no existir dicha infracción de las normas de competencia.

Las Sentencias, además del reintegro al consumidor del sobrecoste abonado por el vehículo, impone a la marca distribuidora de vehículos, el pago a nuestros representados de los intereses desde la adquisición del vehículo.

Los requisitos para poder reclamar la indemnización correspondiente, son haber adquirido un vehículo nuevo, de alguna de las anteriores marcas, entre febrero de 2006 y julio de 2013, siendo fundamental, acreditar el precio, que se abonó en su día por el vehículo, bien mediante el contrato o factura de compraventa, el contrato de financiación del vehículo, el justificante de la transferencia bancaria realizada al concesionario, y en su caso los recibís con pagos parciales al concesionario de la entrada o señal del vehículo.

En Pascua Abogados, continúan defendiendo los intereses de sus clientes afectados por el Cártel de Coches, y son cada vez más los procedimientos que lideran contra todas las marcas involucradas en las prácticas anticompetitivas del llamado Cártel de Coches que han llevado a cabo las marcas distribuidoras de coches entre los años 2006 y 2013, ocasionando un grave perjuicio a los consumidores al incrementar sustancialmente el precio de los vehículos.

04/10/2024

La demanda se presentó por la propietaria de un piso en Villablino que sufrió una inundación, y el despacho profesional de SANTIAGO PASCUA (www.pascuaabogados.es) , defendió al propietario del piso superior que había sido demandado, por considerar que el origen estaba en el tejado del edificio, siendo un origen comunitario, y tras la celebración de la vista de juicio oral , se dictó Sentencia, que desestimó la demanda, absolviendo a nuestro cliente e imponiendo el pago de la costas procesales a la parte contraria.

Visualizar Sentencia.

Se trata de un edificio de viviendas en régimen de comunidad de propietarios en el que se produce una filtración importante de agua de lluvia que afecta a dos viviendas: la superior y al piso inmediatamente inferior. La aseguradora del piso inferior atiende por el seguro de hogar, los daños en dicha vivienda y costea la reparación causada por las filtraciones en paredes y suelos. En base al informe pericial de esta aseguradora, considera que el causante de la filtración es el propietario del piso superior y se plantea demanda civil de reclamación de los perjuicios contra su dueño. Este encargó la defensa del pleito a Pascua Abogados, que planteó las alegaciones de defensa, en base otro informe pericial sobre el origen de las filtraciones, encargado por ellos, cuya conclusión es opuesta a la pericial del perjudicado, ya que fija el origen de las filtraciones de agua de lluvia en el mal estado del tejado, con agujeros y goteras. 

En el juicio celebrado se ofrecieron las explicaciones y aclaraciones sobre el siniestro, tanto por los dos peritos con opiniones encontradas, como por dos testigos presentados por el demandado. La sentencia establece que el reclamante no ha probado los hechos de su demanda, ni que el origen de las filtraciones estuviera en el piso superior, sino que, por el contrario de credibilidad a las declaraciones de los testigos y el informe del perito que sitúan el origen de las filtraciones en el mal estado de la cubierta del edificio, cuestión que al tener un origen comunitario, es ajena a las responsabilidades del dueño del piso demandado. Por tanto, se desestima la demanda con imposición de las costas a la parte que reclamó.

31/07/2024

Cómo todos los años en las mismas fechas, el curso judicial pone fin a un año lleno de trabajo, esfuerzo y de muchas horas de estudio, que se ven recompensadas por los resultados que obtenemos con nuestros clientes.

Nos vamos a descansar y volver con más ganas.

Hasta septiembre FELIZ VERANO PARA TODOS!!!!:)

31/05/2024

Desde este nuevo BLOG damos a conocer la nueva y deseada obligación de que los patinetes tengan un seguro de responsabilidad civil a falta de una responsabilidad ciudadana para la utilización de estos nuevos sistemas de transportes urbanos. www.pascuaabogados.es

El Gobierno exigirá un seguro obligatorio de responsabilidad para circular con patinete en España. Así se recoge en el proyecto de ley por el que se transpone la Directiva 2021/2118 relativa al seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles así como el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. También se creará un registro de estos vehículos.

El proyecto de ley, aprobado en Consejo de Ministros, recoge una ampliación de la definición de vehículos a motor, y la inclusión de otro tipo de vehículos. En el primer caso lo que conlleva es la extensión del seguro obligatorio «a vehículos agrícolas o industriales, que hasta ahora estaban exentos, aumentando así la protección de las víctimas»; según ha informado el Ministerio de Economía; a estos se les dará un plazo de seis meses para suscribir este seguro.


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