Skip to main content
Ultimas Noticias
31/03/2023

El derecho bancario es el conjunto de normas que regulan la relación entre los bancos y los consumidores y usuarios. Dichas normas establecen como se han de comercializar los productos bancarios.

En la práctica habitual, las entidades bancarias, abusan de su posición de poder, en perjuicio de los consumidores y usuarios, imponiendo en la contratación de los préstamos cláusulas abusivas.

Desde el despacho, de Santiago Pascua, www.pascuaabogados.es se han gestionado jurídicamente con éxito numerosos asuntos de esta naturaleza, por lo que contamos con muchas sentencias favorables, entre otros casos en materia relativa a:

  • Reclamación de Gastos hipotecarios
  • Reclamación de nulidad de Clausulas suelo

.- En cuanto a los gastos hipotecarios, es muy importante destacar, que se pueden reclamar, aunque la hipoteca ya haya sido amortizada, o cancelada, y aunque sea antigua, ya que su reclamación no prescribe nunca.

Así, si nos encontramos, ante un préstamo hipotecario, anterior al año 2019, se pueden reclamar las siguientes facturas abonadas en su día:

.- el 50% de la factura de notario.

.- el 100% de la factura de registro.

.- el 100% de la factura de gestoría.

.- el 100% de la factura de tasación.

Siendo la reclamación media de 1.000 euros.

.- En cuanto a la cláusula suelo, la misma consiste en la fijación en las escrituras de préstamos hipotecarios, de un límite mínimo (suelo), del que no puede bajar el tipo de interés, perjudicando en gran medida a los consumidores y usuarios, ya que hasta hace unos años, los tipos de interés fijados por el Banco Central Europeo, siempre estaban “a la baja”.

A diferencia de los gastos hipotecarios, es poco habitual que las hipotecas posteriores a 2017, contengan una cláusula suelo; sin embargo, la redacción de dicha cláusula puede ser confusa, por lo que, para el caso de no haberse reclamado con anterioridad, aconsejamos, acudir a un despacho de abogados a que revise la escritura de préstamo hipotecario.

La reclamación de la cláusula suelo, puede variar en gran medida, en función del límite mínimo de interés fijado, pudiéndose obtener la devolución que suele oscilar entre 1.000 y 5.000 euros, en función de cada caso.

La lesividad para el consumidor en este tipo de productos se produce como consecuencia de la infracción cometida por parte de la entidad bancaria a la hora de comercializar los referidos productos sin la debida transparencia.

La actuación de este despacho, consiste en concertar una reunión con el cliente, para informarle de la documentación necesaria a examinar, y de los trámites a seguir, a fin de obtener, la devolución por parte del banco, de las cantidad indebidamente pagadas por el cliente, en concepto de gastos bancarios, cuyo pago le correspondía al banco, o la cantidad pagada de más en concepto de cláusula suelo.

En cuanto a nuestra forma de trabajar, nuestra máxima es conseguir resultados favorables a nuestros clientes, dentro de una atención muy personalizada.


Comparte esto: