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Indemnización adicional de 3.000 euros a un trabajador al que despidieron alegando causas objetivas.

21/07/2023

El despacho www.pascuaabogados.es cuyo titular es Santiago Pascua, obtiene una indemnización  adicional de cerca de 3.000€, para un trabajador,  tras alcanzar un acuerdo en la conciliación laboral con la empresa.

Dicho trabajador, prestaba servicios para una empresa, radicada en el Reino Unido, quién contrataba al trabajador a través de una empresa intermediaria con sede en España, en concreto en Madrid.

La empresa intermediaria, notificó al trabajador que procedía a la extinción de su contrato, con fecha de efectos de 12 de junio de 2023 por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, considerando el despido como Objetivo, poniendo a disposición del trabajador una indemnización de solo  20 días por año trabajado.

Se concertó una cita con el trabajador pare estudiar su caso, señalando el trabajador, que la empresa intermediaria, alegaba que la empresa matriz con sede en Reino Unido, no les pagaba a ellos como empresa intermediaria, por lo que se veían obligados a prescindir de sus servicios.

Pues, bien por parte de PASCUA ABOGADOS, tras estudiar en profundidad el caso,  se advirtió, que el incumplimiento de la empresa matriz con sede en Reino Unido, para con la empresa intermediaria, no puede perjudicar en ningún caso al trabajador, correspondiéndole a este, la indemnización por despido improcedente, es decir 33 días por año trabajado, y no los 20 días por año trabajador que la empresa puso a su disposición.

Por ello se presento papeleta de conciliación, reclamando los 13 días adicionales, no indemnizados por la empresa, en una cantidad cercana a los 3.000€.

Finalmente, tras el acto de conciliación, se alcanzó un acuerdo con la empresa intermediaria, quién reconoció la improcedencia del despido, y procedió a abonar al trabajador el resto de la indemnización que le correspondía.

¿Cómo reclamar cuestiones laborales, como despidos, horas extras, cambios sustanciales de condiciones laborales?

El despacho de Santiago Pascua www.pascuaabogados.es, recomienda acudir con urgencia a un profesional, ya que los plazos de las reclamaciones laborales son extremadamente cortos; sirva como ejemplo, el plazo de solo 20 días hábiles, para impugnar un despido, como en el caso descrito.

También es necesario aportar la mayor documentación posible para poder reclamar, como contrato de trabajo, nóminas, hoja de registro horario, comunicaciones con la empresa, y convenio colectivo aplicable al trabajador.


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