LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEÓN, ACUERDA QUE VUELVAN A CALIFICARSE LOS HECHOS EN EL CASO DE LA BURUNDANGA
El despacho leonés del abogado SANTIAGO PASCUA www.pascuaabogados.es, como representante legal de una de las víctimas, de la intoxicación por burundanga, consigue que se revoque el Auto del Juzgado de Instrucción Nº 2 de León, de fecha 1 de agosto de 2019.
El citado Auto, únicamente calificaba todos los hechos cometidos por la ahora investigada, como un delito continuado de robo con violencia en la personas, mediante el uso de sustancias que anulan la voluntad de la víctima con grave riesgo para su salud.
Calificación de los hechos, que suponía, únicamente una pena máxima de prisión de 5 años.
POR UN NUEVO AÑO
QUE LAS ILUSIONES NO SE PIERDAN POR EL CAMINO….
A pesar del año diferente que hemos tenido, de las pérdidas humanas, económica y sociales que hemos pasado, que tenemos y que tendremos.. todo el personal de este despacho os desea de corazón un próximo año lleno de ilusiones y de proyectos, porque la vida no se detiene y las ilusiones no se deben de perder!! FELIZ 2021.
PASCUA ABOGADOS RECLAMA TUS GASTOS
RECLAMAMOS LOS GASTOS DE TU HIPOTECA
En relación a las Reclamaciones de Gastos Hipotecarios, tras las últimas sentencias del Tribunal Supremo en el año 2019, se declaró la imposibilidad de reclamar el Impuesto de Actos Jurídicos documentados, también conocido como impuesto de la Junta de Castilla y León (modelo 600), cuestión ratificada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara que es un impuesto que le corresponde al cliente y no al banco. Sin embargo, este último tribunal, sentencia, que en ningún caso se puede condenar en costas al cliente, porque supondría un efecto disuasorio a la hora de reclamar el resto de los gastos hipotecarios, que si son reclamables.
Así pues, en una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 26 de octubre de 2020, se establece que los gastos hipotecarios que se pueden reclamar son los siguientes:
UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD

LAS RECLAMACIONES POR SEGUNDA OPORTUNIDAD SE DISPARAN
La situación provocada por el Covid- 19 está soportando importantes efectos negativos en las empresas y en particulares. Según las encuestas, en el último año las solicitudes de negocios para acogerse a CONCURSO DE ACREEDORES se han disparado y han crecido un 140%, y en el caso de personas que solicitan la LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, se han duplicado.
Medidas de prevención frente al COVID-19 despacho profesional PASCUA ABOGADOS
www.pascuaabogados.es
Todos los despachos profesionales estamos obligados a cumplir con las normas sanitarias, adoptando diferentes medidas para minimizar el riesgo de contagio y garantizar la seguridad y salud de clientes, socios, colaboradores, proveedores y trabajadores.

Con carácter general, la probabilidad de exposición al coronavirus en un despacho de abogados es baja. Sin embargo, resulta fundamental seguir las recomendaciones generales establecidas por las autoridades sanitarias. Se deben implementar medidas de protección colectiva y facilitar a los abogados y trabajadores equipos de protección individual (EPIs).

En nuestro despacho se procederá a la desinfección periódica de instalaciones y equipos con diluciones de lejía (1:50) recién preparada o desinfectantes con actividad virucida.
Se extremará la limpieza y desinfección en las zonas y superficies de contacto frecuente (manillas y pomos de puertas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, grifos, botones, teclados, ratones, etc.).
Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos con agua y jabón durante 60 segundos.


Se dispondrá permanentemente, en lugares visibles y de fácil localización, de geles de base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos.
Se intensificarán las medidas de aireación y ventilación. Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones durante el tiempo necesario (por espacio mínimo de 10 minutos).
La disposición de los puestos de trabajo y el resto de condiciones de trabajo existentes garantizarán la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre personas.
Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros, los trabajadores deberán de utilizar los equipos de protección individual (EPIs).
En cuanto a la atención al público se refiere se priorizará la atención por vía telefónica, correo electrónico o videoconferencia.
En caso de atención presencial, la distancia entre trabajador o abogado y cliente será de al menos 1 metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, y de 2 metros sin estos elementos.
En la medida de lo posible, se evitará el pago en efectivo. Se recomienda el uso de otros medios de pago alternativos.
Facilitamos a nuestros trabajadores equipos de protección individual (EPIs):
- Pantallas faciales de protección.
- Mascarillas FFP2 – KN95.
- Mascarillas quirúrgicas.
- Guantes de nitrilo.
- Geles hidroalcohólicos.
El uso de mascarillas deberá considerarse como una medida complementaria y no como reemplazo de otras medidas preventivas. Las mascarillas y/o guantes de protección deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios de protección colectiva.
La correcta colocación de las mascarillas y guantes es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico. Las mascarillas y los guantes deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición.


